sábado, 8 de agosto de 2009

4. Legislación Aplicable

• Ley 9/ 79: Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.
o Titulo III Salud Ocupacional
1.2 objetivo. Art 80
1.3 Disposiciones Generales. Art 81- 89
1.4 De las edificaciones destinadas a lugares de trabajo. Art 90 – 97
1.5 De las condiciones ambientales. Art 98 – 100
1.7 De los agentes físicos. Art 105 – 109
1.8 De los valores límites en lugares de trabajo. Art 110
1.9 De la organización de la salud ocupacional en los lugares de trabajo. Art 111
1.10 De la seguridad Industrial.
1.10.1 Maquinarias, equipos y herramientas. Art 112
1.10.3 Riesgos eléctricos
1.10.5 Manejo, transporte y almacenamiento de materiales. Art 121
1.10.6 Elementos de protección personal. Art 122 – 124
1.10.7 De la medicina preventiva y saneamiento básico. Art 125 - 129

• Rs. 2400/79: Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

• Rs. 8321/83:Normas sobre la protección y conservación de la audición, de la salud y el bienestar de las personas.

• Rs.2309/86: Normas para el cumplimiento del contenido del titulo 3 de la parte 4, del libro 1, del decreto ley No 2811/74 y de los titulos I, III y XI de la ley 9/79 en cuanto a Residuos sólidos.

• Rs. 1792/90: Valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido.

• Dc.1832/94: Adopta la tabla de enfermedades profesionales.

• Dc. 1607/02: Por la cual se modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones.

• Dc. 2030/02: Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.

Art. 2 Numeral 2: Trabajos que impliquen altas temperaturas, por encima los valores límites permisibles determinados por las normas tecnicas de salud ocupacional.

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